¿QUÉ PASA CON EL PAGO DEL BIENESTAR SI EL TITULAR FALLECE?
Operativo bimestral de Septiembre – Octubre | Tres programas del bienestar
Este programa de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es parte del Gobierno Federal de México el cual beneficia a miles de abuelitos en las 32 entidades federativas, hoy en día los beneficiarios se han cuestionado que es lo que pasa si ellos llegaran a fallcer, que sucede con su pago de su programa social, es muy necesario que me acompañes hasta el final de esta nota informativa y sepas de estos detalles.
Este apoto económico que se les da a los auxiliares de las personas que fallecen que son registradas en este programa social de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, es de un monto total de $3,000 mil pesos.
Es muy importante recordad que este programa está en busca de apoyar las necesidades que padecen los Adultos Mayores que se encuentran en alguna situación de vulnerabilidad, dando un pago total bimestral de $6,000 pesos.
REQUISITOS PARA FORMAR PARTE DE ESTE NUEVO PROGRAMA DE 60 A 64 AÑOS | CLAUDIA SHEINBAUM
Cuando el titular fallece el apoyo que se les entrega se les hace llegar a la persona que quedó como respondable a la hora de la inscripción de este beneficiario a este programa
Cuando el finado es una persona con discapacidad, este apoyo económico se le brinda a la madre, padre o tutor legal del fallecido.
¿QUÉ DOCUEMENTOS NECESITAS PARA ESTE PAGO EN MARCHA?
Los requisitos que necesitas para recibir este Pago en Marcha son los siguientes:
- Tienes que dar aviso a los módulos del Bienestar o al número telefónico 800 639 4264.
- Identificación oficial vigente del titular y de la persona que es auxiliar.
- Original de acta de defunción del beneficiario fallecido.
Ahora que ya sabes esta información te recordamos que en este tu portal de EL UNIVERSO EDUCATIVO estarás conociendo infinidad de noticias relevantes de mucho interes para ti.